SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2012
Fecha: 19-Sep-2012
concedió
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 31/2011 de 17 de febrero, cursante de fs. 277 vta. a 280 vta., misma que concedió la tutela, disponiendo que la Asamblea Legislativa Departamental proceda a la habilitación y posesión de los asambleístas electos -ahora accionantes- conforme a las resoluciones y título emitido por el Tribunal Supremo Electoral, y sea dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes de dictado el fallo del Tribunal de garantías; y bajo el siguiente fundamento: Siendo que el único facultado como ente regulador y organizador de los órganos del Estado, para el manejo de la cosa pública es el Tribunal Supremo Electoral y el Tribunal Departamental Electoral, en ese sentido “nos guste o no guste” (sic), la Resolución emanada por el Tribunal Supremo Electoral es obligatoria, inapelable e irrevisable, por cuanto, ése Tribunal reconoció la elección de los pueblos Yuracaré Mojeño recayendo en las personas de los ahora accionantes y habiendo éstos agotado los recursos necesarios, al haber presentado las cartas a la directiva de la Asamblea Legislativa Departamental para su posesión, misma que le fue negada, con el argumento de que existe otro pueblo Mojeño y que ese curul pertenecería al mismo, dicha directiva transgredió normas constitucionales, incurriendo en omisiones indebidas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Intervención de los terceros interesados
- 1.2.3. Informe de los demandados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1.
- Fragmento 26
- III.2.2. Con referencia al derecho a participar libremente en la formación y ejercicio del poder político
- Artículo 5.
- Artículo 2 (Alcance Legal).
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder
- APROBAR