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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2012

    Fecha: 19-Sep-2012

    acción de amparo constitucional,

    En revisión la Resolución 327/10 de 13 de noviembre de 2010, cursante de fs. 94 a 97 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Sorayda Simona Abastoflor Andrade contra Verónica Berrios Vergara, Alcaldesa Municipal a.i. del ahora Gobierno Autónomo Municipal de Sucre.

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegando “in limine”
    • Fragmento 7
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2. Respecto al derecho a la vida
    • III.3. En cuanto al derecho a la salud
    • embarazada
    • III.5. No resulta condicionante para conceder tutela haber dado aviso al empleador sobre el estado de gestación
    • en sentido que no es necesario dar aviso al empleador sobre la situación de embarazo de la mujer trabajadora, para acceder a la protección que brinda la Constitución Política del Estado a la mujer gestante y con niño menor a un año; siempre que acuda de manera inmediata al empleador solicitando el respeto y vigencia de sus derechos a través de su reincorporación a su fuente de trabajo y el acceso a los beneficios que conlleva,
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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