Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1365/2012

    Fecha: 19-Sep-2012

    II.2.

    II.2.  Cursa el Certificado de Trabajo expedido en diciembre de 2008, por la Responsable de Área de Género del  Gobierno Municipal de Sucre el certificado de trabajo a favor de Sorayda Simona Abastoflor Andrade, por la prestación de servicios desde el 27 de febrero al 19 de diciembre de 2009, como Técnica de Área (fs. 2).

    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegando “in limine”
    • Fragmento 7
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2. Respecto al derecho a la vida
    • III.3. En cuanto al derecho a la salud
    • embarazada
    • III.5. No resulta condicionante para conceder tutela haber dado aviso al empleador sobre el estado de gestación
    • en sentido que no es necesario dar aviso al empleador sobre la situación de embarazo de la mujer trabajadora, para acceder a la protección que brinda la Constitución Política del Estado a la mujer gestante y con niño menor a un año; siempre que acuda de manera inmediata al empleador solicitando el respeto y vigencia de sus derechos a través de su reincorporación a su fuente de trabajo y el acceso a los beneficios que conlleva,
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca