SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1390/2012
Fecha: 19-Sep-2012
a)
Solicita que se conceda la presente acción de amparo constitucional y se disponga: a) Anular el Auto de 19 de enero de 2008, que fue pronunciado por el Juez de Instrucción Mixto de Minero; y, b) El Auto de Vista de 8 de octubre de 2008, que fue emitido por el Juez Segundo de Partido y de Sentencia Penal de Montero.
El abogado de la tercera interesada manifestó en audiencia que: a) El accionante interpuso la presente acción al haberse vulnerado el debido proceso por parte de las autoridades demandadas, quienes hubieran aplicado de manera errónea las normas procesales provocando vicios de nulidad; y, b) Lo único que busca el accionante con el referido argumento es dilatar el proceso, y no llegar a cumplir con lo dispuesto en la sentencia, la cual se encuentra ejecutoriada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de la Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso
- III.2. En cuanto a la legalidad de las notificaciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR