SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1409/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.3.
II.3. Por acta de audiencia informativa y Resolución de 9 de febrero de 2010, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Lucas Romero Baigorria contra Benjamín Trujillo, Adela de Trujillo, Pablo Veizaga, Carlos Coímbra Zeballos, Richard Baldivieso Rivera y Olvis NN, la segunda pronunciada por Adhemar Fernández Ripalda, Samuel Saucedo Iriarte y Edgar Molina Aponte, Vocales de la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata desocupación de todas las personas que se encuentren en dichos terrenos, debiendo librarse mandamiento de desapoderamiento, a ejecutarse por el Oficial de Diligencias, con el auxilio de la fuerza pública (fs. 76 a 79 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.2. La imposibilidad de revisión de procedimiento de otras acciones tutelares, mediante la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR