SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1409/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las accionantes por sí y por sus representados, denuncian como lesionados sus derechos a la “legítima defensa”, a la igualdad, a la “seguridad jurídica”, al debido proceso, al principio de legalidad, a la propiedad, puesto que los demandados, amparados en el mandamiento de desapoderamiento ordenado por la Resolución de 9 de febrero de 2010, emitida por Adhemar Fernández Ripalda, Samuel Saucedo Iriarte y Edgar Molina Aponte, Vocales de la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías constitucionales, procedieron al desalojo de las personas que vivían en sus predios con su consentimiento, puesto que el derecho propietario de Lucas Romero Baigorria no está consolidado, siendo ella la propietaria de los referidos terrenos. En consecuencia, corresponde en revisión verificar los extremos demandados a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.2. La imposibilidad de revisión de procedimiento de otras acciones tutelares, mediante la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR