SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2012

Fecha: 24-Sep-2012

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 27 de julio de 2012, cursante de fs. 186 a 189 vta., denegó la tutela solicitada, sin ingresar al análisis del fondo de la problemática planteada, con los siguientes argumentos jurídicos: i) La uniforme jurisprudencia constitucional refiere que la justicia constitucional no puede valorar la prueba, por que es atribución de los jueces y tribunales ordinarios siendo sus excepciones cuando existe omisión en la valoración de la prueba o ésta fue valorada irrazonablemente (SSCC 0577/2002-R y 965/2006-R) y que para éste último supuesto el accionante tiene que señalar qué pruebas fueron omitidas o arbitrariamente valoradas, o en su caso si la labor interpretativa es insuficiente en su motivación (SC 0085/2006-R de 25 de enero); y, ii) En el caso el accionante se limitó a realizar una relación de los hechos denunciados e identificó las resoluciones judiciales acusada de ilegales pidiendo su nulidad; sin embargo, su fundamentación es abstracta, además existe ambigüedad respecto a la relevancia constitucional que tendría su petición. En cuya situación, no es posible ingresar al análisis de la problemática de fondo y por ende denegar la tutela, conforme se hizo en la         “SC 0096/2010-R”.