SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1525/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1525/2012

Fecha: 24-Sep-2012

II.10.

II.10.  Por Auto de 27 de agosto de 2010, la Jueza Octava de Partido en lo Civil y Comercial, dispuso oficiar a la ASFI, para que por su intermedio se notifique al BNB, a Fortaleza, FFP Fondo Financiero Privado y Banco Mercantil Santa Cruz, se abstengan de efectuar el pago de las boletas de garantía mientras que las partes no cumplan con lo dispuesto en el Laudo Arbitral 02/2010 (fs. 265 vta.).