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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1556/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1556/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

    : i)

    Con derecho a la réplica manifestaron: i) El art. 129.II de la CPE señala claramente que los seis meses se computan a partir de la omisión o vulneración generada por la última decisión administrativa y ellos no tienen conocimiento de ninguna resolución con la que fueron suspendidos; y, ii) Existen varios certificados donde los accionantes son felicitados por su buena conducta.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • : i)
    • a)
    • i)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. De la inmediatez en la acción de amparo constitucional
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III.4.   De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución

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