Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1571/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.11.
II.11. Informe policial de investigaciones, y muestrario fotográfico de 9 de septiembre de 2010, de la urbanización Juan Manuel Parada Mercado, de la ciudad de Montero, en cumplimiento al oficio de 251/2010 dispuesto por la autoridad jurisdiccional por la que se puede evidenciar la ocupación del bien inmueble por los demandados ejerciendo actos de dominio construyendo chozas y carpas de forma precaria (fs. 26 a 33)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- I.2.3 Informe del tercero interesado
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, frente a medidas de hecho y requisitos para su procedencia
- i)
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2
- REVOCAR
- 2° ORDENAR,