SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1602/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1602/2012

Fecha: 24-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por Decretos Supremos (DDSS) 0071 y 29894, se determinó, que las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de valores y seguros de la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros, serían asumidos por la ASFI en todo lo que no contravenga lo ordenado por la Constitución Política del Estado (CPE); sin embargo, el 4 de julio de 2009, Ernesto Rivero Villarroel autoridad codemandada instruyó se prohíba su ingresó a la oficina, reclamando esta actitud arbitraria con varias misivas, sin recibir respuesta favorable, por lo que acudió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, institución que recomendó a la máxima autoridad del ASFI, mediante informe MT/VMESC y COOP/DGSC-JFP y RP-0180/2009, la restitución a su fuente laboral y dar cumplimiento al contrato de prestación de servicios 006/09 de 21 de enero de 2009, haciendo caso omiso el codemandado a esta recomendación.