SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1602/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1602/2012

Fecha: 24-Sep-2012

III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional

Antes de ingresar al análisis de la problemática, debemos referir que la tutela de amparo constitucional, ostenta el principio de subsidiariedad, referida a que la parte accionante, no puede interponer la presente acción tutelar, sin que previamente no agote las vías ordinarias jurisdiccionales o administrativas previstas en la dinámica procesal ordinaria o acudiéndose a dichas vías recursivas las mismas no fueron concluidas.