SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2013

Fecha: 04-Ene-2013

II.3.

II.3. El 24 de agosto de 2012, se suspendió la audiencia de cesación de la detención preventiva en mérito a que la autoridad jurisdiccional “recién fue notificado con el memorando de suplencia” (sic), desconociendo el señalamiento de dicho acto, fijándose audiencia para el 28 del mismo mes y año; la que fue suspendida toda vez que no se habría entregado el acta con el señalamiento de día y hora a la persona notificada; por lo que con la finalidad de no incurrir en vicios de nulidad, se señaló nueva fecha para el 31 de igual mes y año (fs. 6 a 7 vta.).