SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2013

Fecha: 11-Ene-2013

Esta disposición reconoce una de las características fundamentales de las medidas cautelares, referida a su “variabilidad”, pues la medida cautelar puede ser modificada, es decir, flexibilizada e incluso agravada cuando se altere la situación de hecho en la que se fundamentó su adopción”.

Ahora bien, la aplicación, modificación o rechazo de una medida cautelar generalmente es a solicitud de parte; empero, la norma procesal penal, prevé que  podrá ser revocable o modificable aún de oficio -art. 250-; al respecto, la SC 0012/2006-R de 4 de enero, sostuvo: Esta disposición reconoce una de las características fundamentales de las medidas cautelares, referida a su “variabilidad”, pues la medida cautelar puede ser modificada, es decir, flexibilizada e incluso agravada cuando se altere la situación de hecho en la que se fundamentó su adopción”.