Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2013
Fecha: 14-Ene-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 121/12 de 26 de septiembre de 2012, cursante de fs. 105 a 110 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Lorenzo Apaza Ticona por sí y en representación de Asunta Chindari Jimenez, Lourdes Gutiérrez Morales, Mery Orellana Aguilar, Hugo Bautista Aguilar, Shoulin Julia Balboa Medina y Pamela Lizeth Aduviri Cabrera miembros de la Asociación de Comerciantes Minoristas “Bajo Puente Vita, Manko Kapac, Muñecas” contra Luís Antonio Revilla Herrero, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El principio de subsidiariedad y su excepción
- III.3. Del derecho de petición
- III.4. El principio del vivir bien (suma qamaña)
- III.5. Análisis del caso concreto