Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2013
Fecha: 14-Ene-2013
II.7.
II.7. Mediante la Sentencia 14/2012 de 6 de marzo, dictada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, la coacusada Claudia Silvana Salas Catima, en aplicación del procedimiento abreviado, fue declarada autora y culpable de los delitos de hurto agravado y uso de instrumento falsificado, condenándole a la pena de tres años y un mes de reclusión. Asimismo, consta que ante la manifestación del Ministerio Público y del abogado de la víctima de no hacer uso del recurso de apelación, el indicado Juez demandado en la misma audiencia dio por ejecutoriada la Resolución pronunciada (fs. 17 a 18 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones'
- III.3. El derecho de la víctima en el proceso penal, a la luz del nuevo modelo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR