SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2013

Fecha: 17-Ene-2013

Fragmento 24

         También se advierte que el referido proceso interno continúo hasta que la Sumariante emitió la Resolución AN-GEGPC-SM 291/2011 de 5 de diciembre, estableciendo responsabilidades contra el accionante, imponiéndole la sanción de destitución del cargo a la ejecutoria de esa Resolución, por haber permitido el ingreso a territorio nacional del medio de transporte con placa de circulación A2G-813, Resolución que fue confirmada totalmente en el recurso de revocatoria que interpuso. Por su parte el accionante presentó el 7 de diciembre de 2011, una carta dirigida a la Presidenta Ejecutiva a.i. de la Aduana Nacional, solicitando se deje sin efecto el despido del que fue objeto, en mérito de tener bajo su dependencia un hijo de un año y cinco meses de edad con discapacidad funcional que requiere de tratamiento a largo plazo que le brinda la CNS; sin embargo, dicha autoridad al resolver el recurso jerárquico, dispuso confirmar totalmente la Resolución impugnada, argumentando que las cartas de declaraciones juradas presentadas como prueba de descargo en las que se acreditan que Rafael Ontiveros Pereira, no permitió el ingreso del camión A2G-813, documentos que fueron considerados en la Resolución impugnada como elementos que ameritan investigación, habiendo sido remitidas a la ULCC. Con relación a la solicitud presentada por el accionante, señaló que al estar referida al estado de salud de su hijo, corresponde que sea analizada por la instancia competente debiendo acudir a las autoridades llamadas por ley.