SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2013

Fecha: 17-Ene-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante por intermedio de su abogado ratificó los fundamentos de su demanda. Agregó que en el informe en el cual se basó el proceso interno que le fue iniciado, no existe ni una sola prueba material y objetiva sobre los cargos que le atribuyeron, el mismo que de manera confusa señala que hubiera ingresado el camión con placa de circulación A2G-813 de Perú a Bolivia, transportando supuestamente cuarenta bolsas de papel que contenía cemento y ochenta mallas, sin especificar qué valor o cuáles los impuestos que no cancelaron, o cual fue el daño económico; sin embargo no existe ningún registro de la entrada de dicho camión porque el mismo nunca ingresó ni salió de Bolivia, conforme se establece de los registros de la Aduana Nacional. Se le inició el proceso interno y sin darle la oportunidad de asumir defensa en forma paralela le cursaron un memorando de despido, argumentando su carácter provisional, sin tomar en cuenta que estaba trabajando cuatro años en la entidad, omitiendo el debido proceso y una fundamentación para esa decisión, basándose para destituirlo en que llegó a prestar sus funciones con un retraso de treinta minutos. En el proceso interno tampoco fue escuchado, no consideraron que presentó como prueba la aseveración de tres testigos que manifestaron que su persona no dejó pasar el referido camión. En el recurso de revocatoria, tampoco se consideró la prueba de descargo que presentó, con el argumento de ser la Unidad de Lucha Contra la Corrupción (ULCC), sin tomar en cuenta que debieron prestar su declaración testifical dichos testigos.