SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0086/2013

Fecha: 17-Ene-2013

II.8.

II.8.    Mediante Resolución AN-GEGPC-SM 305/2011 de 23 de diciembre, la Sumariante de la Aduana Nacional, dispuso confirmar totalmente la Resolución 291/2011, argumentando que las cartas de declaraciones juradas presentadas como prueba de descargo en las que se acreditan que el Rafael Ontiveros no permitió el ingreso del camión A2G-813, son documentos que fueron considerados en la Resolución impugnada como elementos que ameritan investigación, habiendo sido remitidas a la ULCC, toda vez que los funcionarios que emitieron el informe AN-ULCPC 227/2011, concluyeron que dicho medio de transporte ingresó a territorio nacional transportando del Perú supuestamente cuarenta bosas de papel conteniendo cemento y ochenta mallas, sin el cumplimiento de las formalidades aduaneras y por ende no corresponde un pronunciamiento anticipado. Con relación a la nota presentada por el accionante, señaló que al estar referida al estado de salud de su hijo, corresponde que sea analizada por la instancia competente debiendo acudir a las autoridades llamadas por ley (fs. 88 a 95).