Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1164/2013-L
Fecha: 02-Oct-2013
1)
Solicitan se conceda la tutela, disponiendo: 1) Se ordene la nulidad de obrados hasta fs. “77” del proceso administrativo contencioso “tributario”, es decir, de la notificación a sus mandantes con el Auto de admisión de la demanda; 2) Se ordene nueva notificación; y, 3) Caso contrario, se ordene la admisión del segundo proceso contencioso administrativo agrario.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.2.
- III.3. Responsabilidad de las autoridades jurisdiccionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2°