SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2013-L

Fecha: 04-Oct-2013

III.5.1. Respecto a la “deserción” dispuesta por el Tribunal de garantías

Previo a la resolución de la causa, es necesario referirse a la determinación asumida por el Tribunal de garantías que declaró la “deserción” de la acción de amparo constitucional al advertir la incomparecencia de los accionantes a la audiencia programada para el día 24 de noviembre de 2011; al respecto, es necesario indicar que la figura de la “deserción” no existe en materia constitucional, sino únicamente el desistimiento o retiro de la acción de amparo constitucional, en razón a que la incomparecencia del accionante en modo alguno puede afectar al normal desarrollo de la acción tutelar que está regido entre otros, bajo los principios de celeridad y protección pronta y oportuna.