SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1633/2013
Fecha: 04-Oct-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Sergio Ventura Alpire, menciona que el Juez demandado viene dilatando el pronunciamiento de la resolución de suspensión del proceso, que fue solicitada el 23 de enero de 2013, al amparo del art. 86 del Código de Procedimiento Penal (CPP); además, exige requisitos fuera de norma no obstante que su incapacidad de su hijo Sergio Carlos Ventura Claure, está demostrada a través de los estudios realizados en La Paz, Cochabamba y Santa Cruz de la Sierra.
El 22 de abril de 2013, se señaló fecha para posesionar un perito, que ya emitió informe indicando que la salud mental de Sergio Carlos Ventura Claure empeoró de leve a moderado y posteriormente a grave, razón que motivó que el fiscal requiera por la suspensión del proceso; sin embargo, hizo caso omiso, “ordenando que siga internado” (sic), inobservando plazos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- : 1)
- concedió la tutela
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad moral y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2 La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.3. De la acción de libertad
- sin dilaciones.
- el deber jurídico de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas; exigencia que se hace más apremiante en aquellos casos vinculados a la libertad personal
- III.5. Análisis del caso concreto
- concedido
- III.6. Otras consideraciones
- CONFIRMAR