SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1650/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1650/2013

Fecha: 04-Oct-2013

por ende es considerado

En el caso de autos el accionante, se encuentra comprendido en la categoría descrita en el art. 59.2 de la LM y por ende es considerado como funcionario de libre nombramiento, por lo que su designación y retiro, es una atribución privativa del Alcalde Municipal, de acuerdo a la previsión del art. 44.6 de la referida Ley, al señalar que podrá designar y retirar a los Oficiales Mayores y al personal administrativo del Gobierno Autónomo Municipal.