Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1670/2013
Fecha: 04-Oct-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos al debido proceso en su vertiente motivación de las resoluciones, a la defensa, a la igualdad jurídica y a la educación superior; citando al efecto los arts. 14.I y II, 17, 91.II, 115.II, 117 parágrafos I, II y III y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso, la motivación y fundamentación
- es extensiva a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad
- III.3. Análisis del caso concreto