SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1670/2013
Fecha: 04-Oct-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente motivación de las resoluciones, a la defensa, a la igualdad jurídica y a la educación superior, aduciendo que luego de haber salido de franco, no pudo restituirse a la ANAPOL por motivos de salud, por lo que el 29 de marzo de 2012, presentó memorial solicitando su baja voluntaria, haciendo conocer las razones por las que no se reincorporó; empero, el 6 de noviembre de ese año, es notificado con la RA 005/12 de 5 de junio del mismo año, emitida por la Comisión de Régimen Disciplinario de la ANAPOL, mediante la cual se dispuso su baja por deserción, existiendo desproporción entre lo solicitado y resuelto, siendo que jamás fue notificado con el inicio de sumario disciplinario alguno, ni convocado a asumir defensa y sin que se resuelva previamente su solicitud de baja voluntaria. En recurso jerárquico, mediante Resolución 0079/2013 de 4 de febrero, se confirmó el fallo anterior, sin fundamentación ni motivación respecto a sus argumentos. En consecuencia, corresponde analizar en revisión si los actos denunciados son evidentes a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso, la motivación y fundamentación
- es extensiva a cualquier procedimiento en el que deba determinarse una responsabilidad
- III.3. Análisis del caso concreto