Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1761/2013
Fecha: 21-Oct-2013
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado ante el Juez de Trabajo y Seguridad Social, el 29 de julio de 1998, Edgar Guillermo Cordero Flores interpuso demanda coactiva contra Edgar Cabrera Plata, reclamando el pago de $us5018,06.-, otorgados en su favor en calidad de préstamo por el ex Fondo Complementario de Seguro Social Médico y Ramas Afines; emitiéndose Auto de Solvendo de 7 de agosto del indicado año, mediante el cual, la autoridad jurisdiccional cita y emplaza al coactivado a proceder con el pago de lo adeudado dentro del tercero día de su legal notificación (fs. 10 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- María Arminda Ríos García, Carmen Nuñez Villegas y Delfín Humberto Betancourt Chinchilla, Presidenta y Magistrados de la Sala Social y Administrativa Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia
- Iván Ramiro Campero Villalba y Pedro Francisco Callisaya Aro, Vocales de la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Antonieta Rosario San Martín, Jueza Primera de Trabajo y Seguridad Social del departamento de La Paz
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto a la valoración de la prueba
- III.3. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Valoración de la prueba
- III.4.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
- señalará día y hora de audiencia pública que tendrá lugar dentro de las
- veintiocho de mayo del año en curso, a horas 15:30
- CONFIRMAR