SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1773/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1773/2013

Fecha: 21-Oct-2013

el objeto

En este estado de cosas, corresponde ahora precisar con claridad el objeto y la causa de la presente acción; en ese orden, se tiene que el objeto de la activación de este mecanismo de defensa, es la petición de tutela constitucional para el resguardo del derecho  al debido proceso y el principio de verdad material; asimismo, la causa; es decir, el acto denunciado como lesivo a los derechos de la parte accionante, constituye en la especie: i) La activación del recurso de casación contra el Auto de Vista de 23 de julio de 2012, considerando que el mismo debió ser presentado por la parte, en forma personal o a través de mandatario especial, no así por el abogado, por lo que debieron declarar improcedente el recurso, no así casar y declarar en lo fundamental, improbada la demanda de reivindicación formulada de su parte; y, ii) El error de hecho y derecho en la valoración de la prueba.