SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1773/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1773/2013

Fecha: 21-Oct-2013

Fragmento 13

         El recurso de casación se asemeja a una nueva demanda de puro derecho, y debe cumplir y contener los requisitos contenidos en los arts. 257 y 258 del CPC; es decir, presentarse dentro de término oportuno y ante el Juez o Tribunal que dicto el fallo recurrido, además de fundamentarse por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino que debe demostrarse en qué consiste la infracción que se acusa.