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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1775/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1775/2013

    Fecha: 21-Oct-2013

    II.2.

    II.2.  Consta el contrato de alquiler de vivienda unifamiliar, suscrito entre Carlos Herrera Limón, propietario y el accionante, por el canon mensual de Bs400.- (cuatrocientos bolivianos); asimismo, en el documento, se establece que el inquilino debe cancelar por servicios básicos de energía eléctrica y agua potable, con sus propios recursos (fs. 7 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, su excepción ante la consumación de medidas de hecho y daño irremediable o irreparable; y, los actos consentidos libre y expresamente
    • entendidas éstas como los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno y que por el daño ocasionado y la gravedad de los mismos, merecen la tutela inmediata que brinda el amparo por vulnerar derechos fundamentales
    • III.2. El carácter irrenunciable e inembargable del salario
    • 1.  Al trabajo digno
    • 2)
    • III.3. Análisis en el caso concreto
    • CONFIRMAR

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