SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1839/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1839/2013

Fecha: 25-Oct-2013

b)

b)  Los arts. 3 inc. m) y 157 del DS 29215, manifiestan el no reconocimiento de ningún derecho agrario y la pérdida del mismo ante la presencia de relaciones servidumbrales y que el beneficio colectivo e interés social son inherentes a la función económica social, constituyéndose el sistema servidumbral, trabajo forzoso, peonazgo por deudas y/o esclavitud de familias o personas cautivas en el área rural, contrarias a esta función, contra la cual tampoco pueden desarrollarse las actividades productivas del propietario de un predio, normas contrarias -según el representante del accionante- a lo dispuesto en el art. 397 de la CPE, que determinó como única condición para adquirir o conservar la propiedad agraria el trabajo, lesionando además el principio de igualdad porque al infractor de derechos laborales de sus trabajadores dentro de una unidad productiva se le confiscó sus bienes y se desconoció su derecho propietario, en cambio a “…los productores que no son del campo…” (sic), que también incurrieron en esta infracción se le sancionaría en la vía penal o laboral.