SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1839/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1839/2013

Fecha: 25-Oct-2013

c)

c)  Los arts. 3.I y III y 6 del DS 29802, refieren a su vez que, el INRA tiene la facultad de emitir una “Guía” que contenga los criterios, la metodología y procedimientos para verificar y establecer la existencia de sistemas servidumbrales y otras formas análogas sobre los predios agrarios, que en caso de evidenciarse su existencia con relación al pasado, sus efectos surtirán inclusive contra el actual propietario, -a criterio del accionante- desconociendo el trabajo productivo rural como medio idóneo para conservar el derecho propietario determinado en el art. 397 de la CPE, delegando el Presidente del Estado Plurinacional una competencia que no la ejercía el Director Nacional del INRA, quien emitió la RA 0315/2008, en la cual tipificó infracciones así como su procedimiento de investigación y aplicación de la sanción contra el productor, violentando la seguridad jurídica, la garantía al debido proceso, a la libertad probatoria, el derecho a la defensa, “derecho a la comunicación procesal”, al principio de contradicción, al juez imparcial y competente, así como a “la separación de funciones de los órganos de gobierno”, la reserva legal y a la “supremacía constitucional”.