Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1853/2013
Fecha: 29-Oct-2013
1º CONFIRMAR en parte
1º CONFIRMAR en parte la Resolución 11/2013 de 14 de junio, pronunciada por la Sala Civil, Comercial, de Familia Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, cursante de fs. 70 vta. a 75 vta., y en consecuencia; CONCEDER la tutela impetrada, respecto del Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, disponiendo que por Secretaría se recepcione el recurso de reposición con alternativa de apelación, consignándose en el cargo la fecha y hora en que fue presentado y sea resuelto conforme el trámite previsto en el art. 217 del CPC; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 14
- III.4. Derecho de impugnación
- impugnar la misma y finalmente que el pronunciamiento se cumpla a efectos de reponer el derecho demandado como infringido.
- III.6. La legitimación pasiva de personal subalterno
- III.7. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en parte