Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1899/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.10.
II.10.El 18 de octubre de 2012, el accionante interpuso recurso de casación (fs. 64 a 66), siendo rechazado por no estar previsto dentro de la normativa adjetiva civil y, consecuentemente se declaró ejecutoriado el Auto de Vista 17, pronunciado por el Juez de Partido en lo Civil de 13 de septiembre de 2012, (fs. 69). Con dicho Resolución el accionante fue notificado en 17 de diciembre de igual año (fs. 70).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- procedente
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Sobre la fundamentación y congruencia de las Resoluciones
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- i)
- REVOCAR en todo