Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1899/2013
Fecha: 29-Oct-2013
II.5.
II.5. El 23 de diciembre de 2011, el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial mediante Auto de Vista 446/11 pronunciado en la fecha, anuló la Sentencia de 5 de julio de igual año, por falta de congruencia, con el fundamento que el ahora accionante invocó normas sustantivas referidas al pago prorrateado de la deuda perseguida conjuntamente la deuda principal (fs. 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- procedente
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Sobre la fundamentación y congruencia de las Resoluciones
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- i)
- REVOCAR en todo