SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1935/2013
Fecha: 04-Nov-2013
denegó
La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 027/2013 de 13 de junio, cursante de fs. 121 a 122 vta., por la que denegó la tutela solicitada a partir de los siguientes fundamentos: i) Con relación a la falta de fundamentación que se alega en la presente acción, se tiene que, de la lectura de la Resolución 115/2012, se advierte que la misma está plenamente fundamentada y es coherente en cuanto a su parte considerativa y lo que se refiere a la parte dispositiva; y, ii) Respecto al hecho de que no se habría realizado correctamente el cómputo del plazo para determinar la prescripción de la acción penal, se pudo verificar que, en el último considerando del fallo impugnado, se establecen las razones por las cuales se confirmó la determinación del Juez de primera instancia en cuanto a la prescripción del delito de abuso de confianza, y los motivos por los que se revocó la mencionada Resolución en referencia al ilícito de apropiación indebida; concluyéndose que, las autoridades demandadas no vulneraron ningún derecho fundamental de la accionante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La prescripción de la acción penal, sus fundamentos y su cómputo
- III.2. El derecho al debido proceso invocado por la accionante y sus elementos esenciales del derecho a la defensa y a la fundamentación de decisiones
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- III.4. Otras consideraciones necesarias
- podrá
- 2° Disponer
- 3°