Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1935/2013
Fecha: 04-Nov-2013
I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
La representante estima lesionado el derecho de la accionante al debido proceso, en su elemento esencial del derecho a la defensa; además de la garantía del plazo razonable del proceso penal y los principios de legalidad y seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 14. IV, 115.II, 119.II, 235.1 y 410.II. 1 y 2 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La prescripción de la acción penal, sus fundamentos y su cómputo
- III.2. El derecho al debido proceso invocado por la accionante y sus elementos esenciales del derecho a la defensa y a la fundamentación de decisiones
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- III.4. Otras consideraciones necesarias
- podrá
- 2° Disponer
- 3°