SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1936/2013
Fecha: 04-Nov-2013
Fragmento 19
La Constitución Política del Estado no sólo ha hecho posible la visibilización de los pueblos indígena originario campesinos, antes excluidos de toda institucionalidad estatal, sino que, en el enfoque plurinacional del sistema jurídico provoca que la unidad y estructura social deben estar de acuerdo a las relaciones sociales y supeditadas a la armonía y equilibrio, por ello parte de la construcción de la institucionalidad plurinacional es la de impartir justicia, correspondiente al Tribunal Constitucional Plurinacional generar concepciones jurídicas en el marco del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, aportando al proceso una interpretación intercultural de los derechos humanos y fundamentales, así como de las garantías constitucionales, que implica ejercer los derechos establecidos en los principios y valores de la Constitución Política del Estado.
- I.1.1.
- I.1.2. Expediente 03869-2013-08-CCJ
- I.2. Antecedentes procesales sustanciados por el Juez de Partido Agroambiental de San Lorenzo, provincia Eustaquio Méndez del departamento de Tarija
- I.3. Antecedentes procesales sustanciados por la Jueza de Instrucción Mixta de San Lorenzo, provincia Eustaquio Méndez del departamento de Tarija.
- I.4. Trámite ante el
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La construcción del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario
- Fragmento 19
- III.2. La nueva estructura judicial
- III.3. La competencia por razón de materia en acciones reales, personales y mixtas sobre bienes inmuebles ubicados en el área rural
- o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria sujeta al régimen de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria,
- esencialmente, el destino de la propiedad y la naturaleza de la actividad que se desarrolla
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º La COMPETENCIA