Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1936/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.4.
II.4. El 26 de noviembre de 2012, la Dirección de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Gobierno Autónomo Municipal de San Lorenzo, certificó que la supuesta urbanización ubicada en la zona Tomatitas, perteneciente a Rubén Ramírez Añazgo no se encuentra registrada en la base de datos de dicha Dirección, por lo tanto no tiene planos aprobados; el mismo sólo tiene plano aprobado de levantamiento topográfico de 28 de marzo de 2007, con una superficie de 12 694 m2 por la cual no se está procediendo a realizar la aprobación de los lotes de terreno hasta que el propietario realice la regularización y cesión de áreas verdes al municipio (fs. 12 y 57).
- I.1.1.
- I.1.2. Expediente 03869-2013-08-CCJ
- I.2. Antecedentes procesales sustanciados por el Juez de Partido Agroambiental de San Lorenzo, provincia Eustaquio Méndez del departamento de Tarija
- I.3. Antecedentes procesales sustanciados por la Jueza de Instrucción Mixta de San Lorenzo, provincia Eustaquio Méndez del departamento de Tarija.
- I.4. Trámite ante el
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La construcción del Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario
- Fragmento 19
- III.2. La nueva estructura judicial
- III.3. La competencia por razón de materia en acciones reales, personales y mixtas sobre bienes inmuebles ubicados en el área rural
- o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria sujeta al régimen de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria,
- esencialmente, el destino de la propiedad y la naturaleza de la actividad que se desarrolla
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º La COMPETENCIA