Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1972/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.3.
II.3. Alejandro Roda Rojas, en su condición de “coacusado” dentro del juicio penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes y “otros”, mediante memorial presentado de 9 de mayo de 2013, solicitó al Tribunal Primero de Sentencia en lo Penal, la recusación del Juez ciudadano, Daniel René Colque Paredes, por la causal sobreviniente establecida en el art. 316 incs. 3) y 5) del CPP (fs. 5 a 6 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del trámite de la recusación en la instancia del Tribunal de Sentencia
- III.3. El principio de legalidad y el juez natural
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo