Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1972/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.5.
II.5. Cursa Resolución 010/2013 de 6 de junio, pronunciado por los Vocales de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, quienes constituidos en Tribunal de garantías, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesto por Alejandro Roda Rojas contra Claudia Gamarra Hoyos y Pablo Zelaya Villanueva, Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia Penal, concedieron parcialmente la demanda interpuesta por el accionante, y en consecuencia dispusieron la nulidad del Auto Interlocutorio 63/2013 de 9 de mayo, por la cual, rechazó in limine la recusación planteada, debiendo imprimirse el trámite previsto en el art. 320 del CPP (fs. 18 a 25 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Del trámite de la recusación en la instancia del Tribunal de Sentencia
- III.3. El principio de legalidad y el juez natural
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo