SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2021/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2021/2013

Fecha: 13-Nov-2013

Fragmento 14

         La Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, al no señalar y llevar a cabo las audiencias de cesación a la detención preventiva solicitadas por el accionante, dentro de los plazos señalados por el Código de Procedimiento Penal y la jurisprudencia constitucional, lesionó el derecho a la libertad del accionante, siendo que corresponde a la autoridad en audiencia escuchar los fundamentos del imputado, para decidir si mantiene la detención preventiva o bien otorgar medidas sustitutivas, para que se defienda en libertad, debiendo orientar su función y actividad por el principio de celeridad y probidad, más aún cuando se encuentre involucrado el derecho a la libertad física.