SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2042/2013
Fecha: 18-Nov-2013
d)
d) Si se encontró indicios de responsabilidad del accionante en los avasallamientos de los predios, lo correcto era de acuerdo al Estatuto Orgánico de la UABJB y sus principios normativos procesales que se encuentran en el art. 70.II, iniciar un proceso administrativo con base en el debido proceso, el cual se lo define en sentido de que: “Ningún miembro de la comunidad universitaria, podrá ser sancionado sin el previo y debido proceso interno, conforme a la Constitución Política y Leyes del Estado, el presente Estatuto Orgánico y el Reglamento de Procesos Universitarios”, considerando además los principios procesales reconocidos en el parágrafo III del mismo artículo que son presunción de inocencia, imparcialidad, igualdad de las partes, defensa del procesado, contradictorio, publicidad, oralidad, continuidad e inmediatez.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. La debida motivación como elemento del debido proceso
- III.3.El derecho a la defensa
- III.4.Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- Fragmento 21
- CONFIRMAR en parte