Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2054/2013
Fecha: 28-Nov-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La accionante, ratificó el tenor íntegro de su memorial, ampliando el mismo manifestó que, el derecho al trabajo está garantizado en el art. 49.III de la CPE, así también lo estableció la SCP 0177/2012 de 14 de mayo, por lo que la UABJB solo puede despedir a un trabajador conforme los arts. 16 de Ley General del Trabajo (LGT) y 9 de su Decreto Reglamentario, previo proceso y no de forma arbitraria; además, solicitó la nivelación de su ítem y sueldo al cargo de Asesora Jurídica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURICOS DEL FALLO
- la Constitución es concebida como fuente primaria del ordenamiento jurídico y a la vez Norma Suprema directamente justiciable
- la funcionalidad de la Constitución
- gozan de igual jerarquía y son directamente aplicables y justiciables.
- estructura esta acción sobre la base de los principios de sumariedad, inmediatez, eficacia, idoneidad y oportunidad,
- es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
- II.
- III.
- 1) El principio protector,
- 5)
- La Judicatura del Trabajo tiene competencia para decidir las controversias emergentes de los contratos individuales y colectivos del trabajo
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR