SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2054/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2054/2013

Fecha: 28-Nov-2013

III.

La Constitución Política del Estado, con el objeto de otorgar una efectiva protección jurídica al trabajador, ha incorporado el principio de estabilidad laboral, con el fin de brindar estabilidad laboral al trabajador como fuerza productiva principal del Estado y ha señalado que los derechos y beneficios reconocidos a favor de éstos no pueden renunciarse y son nulas las convenciones contrarias o que tiendan a burlar sus efectos.

'III. En caso de que el trabajador opte por su reincorporación, podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social donde una vez constatado el despido injustificado, se conminará al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de la reincorporación, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo'”.