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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2054/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2054/2013

    Fecha: 28-Nov-2013

    II.4.

    II.4.  El 4 de diciembre de 2012, la accionante solicitó vacación anual mediante formulario original otorgado por la UABJB, firmando la autorización el jefe inmediato superior José Rolando Vaca Videz como Director General Administrativo y Financiero, visado por el jefe de RR.HH. Rolin Ribera Lisman, quien determinó que la misma tenía derecho a vacación por escala de tiempo de quince días hábiles a partir del 10 al 31 de diciembre de 2012 (fs. 12).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURICOS DEL FALLO
    • la Constitución es concebida como fuente primaria del ordenamiento jurídico y a la vez Norma Suprema directamente justiciable
    • la funcionalidad de la Constitución
    • gozan de igual jerarquía y son directamente aplicables y justiciables.
    • estructura esta acción sobre la base de los principios de sumariedad, inmediatez, eficacia, idoneidad y oportunidad,
    • es un verdadero proceso de naturaleza constitucional
    • II.
    • III.
    • 1)  El principio protector,
    • 5)
    • La Judicatura del Trabajo tiene competencia para decidir las controversias emergentes de los contratos individuales y colectivos del trabajo
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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