SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 1975/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 1975/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.2.

II.2.  Por decreto de 18 de junio de 2013, la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal, dispuso que, en observancia de los arts. 251, 403 inc 3) y 404 del CPP, se remitan antecedentes a la Sala Penal de turno, en fotocopias debidamente legalizadas, estableciendo que la parte recurrente proporcione los respectivos recaudos de ley (fs. 35).