SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2212/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2212/2013

Fecha: 16-Dic-2013

Fragmento 16

         En este sentido y analizando la Resolución que rechazo la cesación a la detención preventiva y el Auto de Vista que confirma el mismo -ahora impugnados vía constitucional- se tiene claramente evidenciado que los mismos, no se circunscriben ni se pronuncian en el marco y alcance de lo establecido por el art. 239.3 del CPP, pues conforme a la jurisprudencia constitucional citada en la presente Sentencia, la referida norma especial debe ser interpretada desde y conforme a la Constitución, aplicando entre otros, los principios pro homine, progresividad y favorabilidad, pues lo contrario resulta restrictivo a los derechos del solicitante.