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    SCP: 0014/2013-L de 20 de febrero
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SCP: 0014/2013-L de 20 de febrero

    Fecha: 20-Feb-2013

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    • Partes:                Lucio Ayala Siripi, Presidente de la Central Indígena de Pueblos Originarios de la Amazonía de Pando (CIPOAP)
    • I.1. Problema jurídico
    • I.2. De los derechos denunciados como vulnerados
    • I.2. Los fundamentos y la parte resolutiva de la SCP 0014/2013-L
    • 1.
    • “Es necesario aclarar que la CIPOAP, representa a los pueblos indígenas de Pando y la CIRABO a los pueblos indígenas de la región amazónica…”
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • sin perjuicio de los derechos legítimamente adquiridos por terceros,
    • 5.
    • 6.
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • II.1.  Naturaleza jurídica de la acción popular y alcance de la tutela
    • II.2.  De las instituciones representativas y/u organizaciones aglutinantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y la legitimación extraordinaria en la acción popular
    • por cualquier miembro de determinada colectividad o, por otra a su nombre sin necesidad de mandato, cuando se invoque la lesión o amenaza de lesión de derechos o intereses colectivos
    • II.3.  Del derecho al territorio y las naciones y pueblos indígena originarios en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario y no contactados
    • Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes'
    • Fragmento 20
    • Fragmento 21
    • Fragmento 22

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