SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2013

Fecha: 19-Feb-2013

a)

La abogada del accionante, ratificó el tenor íntegro de su demanda y la amplió con los siguientes fundamentos: a) El proceso penal inició en abril de 2012 y, el día cuando los efectivos de la FELCN, junto a la representante del Ministerio Público, efectuaron el allanamiento, en el domicilio no se encontraba nadie, es la razón por la cual, el ahora accionante se apersonó al lugar. En horas de la tarde del 27 de ese mes y año, formalizaron su aprehensión para luego imputarle por la presunta comisión del delito de encubrimiento; b) En la audiencia de aplicación de medidas cautelares le impusieron medidas sustitutivas a la detención preventiva, entre ellas el arraigo, fianza económica de Bs20 000.- (veinte mil bolivianos), la prohibición de acercarse al lugar de los hechos, así como a los copartícipes del presunto hecho ilícito y la detención domiciliaria con custodia policial, aspecto que provocó que permanezca en celdas por más de sesenta días, siendo levantada dicha medida (vigilancia policial) el 10 de agosto de 2012; y, c) A partir de esa fecha, no se pudo modificar la medida de detención domiciliaria; por cuanto, no se realizó ninguna audiencia para tal efecto, afectando así a su derecho a la libertad y también a su derecho al trabajo, lo cual además impide su autoabastecimiento.