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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2013

    Fecha: 19-Feb-2013

    II.4.

    II.4.  En antecedentes del proceso consta el acta de audiencia de consideración de medidas sustitutivas, de 30 de agosto de 2012, por el cual la autoridad judicial demandada, atendiendo la petición de la autoridad fiscal suspendió la audiencia, programando nuevamente para el 17 de septiembre de ese año (fs. 3 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 9
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • Fragmento 11
    • III. 2. Alcances de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • para el caso en los cuales las autoridades jurisdiccionales reciban una petición de la persona detenida o privada de libertad, tienen la obligación de tramitarla con celeridad, (…). Actuar de manera distinta a la descrita, provoca dilaciones indebidas y dilatorias sobre la definición jurídica de las personas privadas de libertad y corresponde activar el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • denegado

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